AUTOINCULPACIÓN QUE SE DERIVA DE LA REPARACIÓN

La sociedad demandada no adoptó todas las medidas a su alcance para evitar las consecuencias dañosas derivadas de un riesgo perfectamente previsto para ella, siendo así que con posterioridad ha elevado la torreta de ventilación de la unidad transformadora, cosa que bien pudo hacer antes de que se produjera el siniestro” (Sentencia Audiencia de Girona 12 de marzo de 1997). “Obligación de reparar que incluso parecieron aceptar al menos uno de los demandados, que en la confesión judicial practicada, reconoció haber propuesto al actor que declarara al seguro que el accidente había ocurrido en otro gimnasio que tiene en otra localidad, a consecuencia de haber resbalado en las duchas” (Sentencia Audiencia de Jaén 29 noviembre de 1994). “Los folletos ofertados eran de una calidad inferior a la que podría deducirse del folleto turístico y acredita también tal incumplimiento el hecho de que, al año siguiente al que se refieren los hechos enjuiciados, se modificaran significativamente el tenor de dicho folleto con relación al lugar de vacaciones en cuestión” (Sentencia Audiencia de Sevilla 1 de marzo de 1996).

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