EL PRODUCTO DAÑINO ESTABA EN LA BOTELLA


Si dos personas resultaran afectadas por la ingestión del contenido de una misma botella, pudiera hacer pensar que dicho producto contenía algo nocivo. Sobre todo cuando no consta que la víctima ingiriera ningún otro producto que pudiera determinar su óbito por la causa mediata de intoxicación alimentaria, ni el fabricante no ha aportado los agentes y aditivos que emplea para el lavado de las botellas (Audiencia de Barcelona 25/04/2003). Descartado que la botella pudiera haber sido rellenada en el establecimiento en que se sirvió ya que estaba precintada queda solamente la responsabilidad del fabricante, pues si bien el elemento nocivo pudiera estar en la copa le parece al Tribunal una posibilidad más remota que en todo caso debiera ser demostrada por el fabricante en virtud del fenómeno de inversión de la carga de la prueba que la sentencia extrae del principio de responsabilidad objetiva o cuasi objetiva propiciado por la Ley de Responsabilidad Civil por los Daños causados por Productos Defectuosos (Audiencia de Barcelona 19/12/2003).

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