PRUEBA DEL FRAUDE

La existencia de un entramado societario puede constituir un indicio de un fraude con la finalidad, básica, de eludir impuestos o de ocultar patrimonio. «El entramado societario que de la prueba documental, globalmente considerada se colige, no es sino demostrativo de una práctica normal y habitual que suelen utilizar las personas con recursos con finalidades básicamente de evasión fiscal o ocultamiento de bienes» (Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 12.ª, sentencia de 2 febrero de 2006).

Para saber lo que hay dentro de un «entramado societario» se puede deshilvanar o deshacer como un ovillo o cortar y romper como en el nudo gordiano. Es obvio que el derecho debe optar por la primera solución, pero cuando existe alguna huella de actividad delictiva, se produce una especie de petición de principio, en absoluto descartable, y el «entramado societario» se convierte a su vez en un indicio: «finalidades básicamente de elusión fiscal o ocultamiento de bienes». Hay que dejar que el autor de esa armazón explicite su finalidad (onus explanandi) y sonsacarle después los datos que han quedado en la penumbra.

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